Tipos de seguro
Según la naturaleza del riesgo que amparan, los seguros se clasifican en dos grandes grupos:
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Seguros de personas:
Son los relacionados a los riesgos que pueden afectar a una persona (asegurado) en su vida.
- Seguro de vida
Es aquel que obliga a la aseguradora al pago de una suma de dinero, en caso de muerte o de supervivencia del asegurado, cualquiera que sea la modalidad del seguro, incluyendo las rentas vitalicias
- Accidentes Personales
Se trata de un seguro para personas y brinda cobertura en caso de que se produzca un accidente o una muerte ocasionada por un accidente contempladas en la póliza que se haya contratado.
Puede también cubrir otros riesgos. Algunos ejemplos son: invalidez por accidente, coberturas de sepelio o asistencia médica, si se contratan las coberturas adicionales.
- Seguro de gastos médicos
Es aquel en el que el asegurador se compromete a indemnizar, total o parcialmente según la modalidad contratada, en caso de enfermedad o maternidad, el servicio profesional de la medicina ambulatoria, hospitalaria, así como los exámenes médicos necesarios para el asegurado.
- Seguro colectivo
Es un tipo de seguro que se caracteriza por cubrir mediante un solo contrato a varios asegurados que integran una colectividad.
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Seguros de daños:
Son los que protegen los bienes de las personas contra los daños que podrían sufrir, o daños o perjuicios que pudieran causar a un tercero, si llegaran a ocurrir los eventos cubiertos en la póliza.
- Seguro agrícola y ganadero
Es aquel que tiene por objeto la cobertura de los riesgos que puedan afectar a las explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales.
- Seguro de automóvil
Es aquel en el que el asegurador se compromete a indemnizar los daños ocasionados al vehículo o la pérdida de éste, los daños y perjuicios causados a la propiedad ajena y a terceras personas, con motivo del uso de aquél, o cualquier otro riesgo cubierto por la póliza. Salvo pacto en contrario, comprende, entre otros, los daños ocasionados por vuelcos accidentales, colisiones, incendio, autoignición, rayo, hurto y robo total del propio vehículo asegurado.
- Seguro de daños
Es aquel que obliga a la aseguradora al pago de una indemnización por eventos inciertos que causen daños o pérdidas y el que tiene por objeto proporcionar cobertura al asegurado contra los daños o perjuicios que pudiera causar a un tercero. Se incluyen en este ramo los seguros de accidentes personales, de salud y hospitalización y caución.
- Seguro de incendio
Es aquel que garantiza al asegurado la entrega de una indemnización en caso de incendio de los bienes determinados en el contrato de seguro o la reparación o reposición de las piezas averiadas. En general, la finalidad de este seguro es el resarcimiento de los daños sufridos en los objetos asegurados a causa de un incendio, incluyendo asimismo los gastos que ocasione el salvamento de esos bienes o los daños que se produzcan en los mismos al intentar salvarlos.
- Seguro de responsabilidad civil
Es aquel en el que el asegurador se compromete a indemnizar al asegurado el daño que pueda experimentar el patrimonio de éste, a consecuencia de la reclamación que le efectúe un tercero, por la responsabilidad en que haya podido incurrir, tanto el propio asegurado como aquellas personas de quienes él deba responder civilmente
- Seguro de terremoto
Es aquel en el que el asegurador se compromete a indemnizar los daños o pérdidas a la propiedad debido a un movimiento telúrico.
- Seguro de transporte
Es aquel en el que el asegurador se compromete al pago de determinadas indemnizaciones a consecuencia de los daños sobrevenidos durante el transporte de mercancías. Estos daños pueden afectar al objeto transportador (seguro de casco) o a las propias mercancías transportadas (seguro de mercancías)